2008-01-26_12-55-53

Google y el secreto profesional

Se supone que la ley protege a la persona de las informaciones que puedan dañar su buena reputación, pero eso en Internet está cada vez más desprotegido. El BOE en su versión digital publica los asuntos no muy gratos de los ciudadadanos y la ley, y Google, como "buen buscador", rastrea esa información cuando introducimos el nombre de un ciudadano. Y ahí es donde comienza una gran batalla para que esos datos no trasciendan más que del registro jurídico de conflictos a resolver. El reportaje de MÓNICA C. BELAZA del El País Digital lo cuenta con más detalle.

Todo el mundo investiga a todo el mundo en Google. Es fácil, rápido y efectivo. Si va a contratar a un empleado, seguramente escriba su nombre en el buscador después de la entrevista, no vaya a ser que ese simpático experto en marketing tenga un pasado oscuro. Y si conoce a alguien que le gusta, también es probable que curiosee su nombre en el ciberespacio. Para ver qué ha hecho el amado a lo largo de su vida.

Y quizá encuentre alguna sorpresa: una multa, una sanción por no pagar a Hacienda o un delito cometido hace muchos años. O información sobre usted que alguien ha introducido. Google no tiene piedad ni conoce lo que significan la reinserción o la cancelación de los antecedentes penales. Puede convertirse en una cadena perpetua, en el lugar donde queda grabado cualquier pecado, real o inventado. Para siempre.

Imagine que le condenan a los 18 años por robo, por conducir bebido, por una pelea, por tráfico de drogas o por cualquier otro delito. Si el Gobierno le indulta, se publicará en el Boletín Oficial del Estado -porque así lo dictamina una ley decimonónica que jamás imaginó que existiría Internet, ni la versión electrónica del BOE-. En ese momento se alegrará mucho del perdón del Gobierno, pero años después puede que ese indulto se convierta en una pesadilla: aunque gane el Premio Nobel y escriba 35 libros sobre neurocirugía, seguirá apareciendo su delito en Internet. ¿Tiene derecho el afectado a pedir que esos datos no sean rastreados por el buscador? Sí, siempre y cuando la información no sea de interés general, un hecho noticioso, y cuando exista un "motivo fundado", como el respeto a la dignidad y el derecho al honor. La Agencia de Protección de Datos ha dado la razón, por primera vez, a un ciudadano que así lo ha solicitado. El caso es el siguiente: a un subdirector de colegio le ponen una multa por orinar en la calle. La sanción no se puede notificar en persona y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en papel y en el formato electrónico. Los robots de Google encuentran la información y, cada vez que los alumnos meten el nombre de su subdirector, allí aparece lo que hizo un buen día de 2006.

El hombre, desesperado, habló con Google. Pero le respondieron que si el Boletín Oficial de la Provincia no eliminaba los datos, ellos no podían hacer nada. Explicaban que aunque quitaran la página ofensiva de sus índices, los robots, que rastrean la web cada pocas semanas, volverían a encontrarla y a añadirla. Así que el subdirector del colegio acudió a la Agencia de Protección de Datos. No se resignaba a que su sanción apareciera en Internet por los siglos de los siglos.

La Agencia había resuelto un asunto similar en 2004: un particular protestaba por un indulto publicado en el Boletín Oficial del Estado. Cualquiera podía ver el delito cometido hace años y la condena impuesta. El afectado pidió que el BOE cancelara sus datos, pero la Agencia le respondió que eso no era posible, que la ley hacía obligatoria la publicación. Pero el subdirector de colegio cambió de estrategia y ganó. No pidió que el boletín oficial borrara los datos, sino que Google no los rastreara ni los hiciera públicos. En una resolución de 20 de noviembre de 2007, la Agencia de Protección de Datos le reconoce el derecho a oponerse a que el buscador maneje la información relativa a su multa. No sólo pide la cancelación -es decir, que desaparezca la sanción de sus índices actuales- sino que va más allá: Google tiene que encontrar los medios para que esa información no vuelva a aparecer en el futuro. La Agencia dice que la Ley de Protección de Datos y la de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico amparan al profesor. Y que la publicidad universal de la sanción a través de Google atenta contra su dignidad. "Cabe proclamar que ningún ciudadano que ni goce de la condición de personaje público ni sea objeto de hecho noticiable de relevancia pública tiene que resignarse a soportar que sus datos de carácter personal circulen por la Red sin poder reaccionar ni corregir la inclusión ilegítima de los mismos", dice la resolución, que concluye instando a Google a "que adopte las medidas necesarias para retirar los datos de su índice e imposibilite el acceso futuro a los mismos".

Pero la batalla no ha terminado. Google, aunque no ha recurrido la resolución, insiste en que sin la colaboración de la Diputación Provincial, sin que ellos bloqueen los datos de la multa del boletín oficial -lo que pueden hacer fácilmente, sólo incluyendo un código en la página, según asegura una portavoz de Google-, los robots de búsqueda volverán a encontrarla. Y señalan que tendrán que volver a hablar con Protección de Datos para ver cómo lo resuelven.

Cada vez llegan más casos de este tipo a la Agencia: particulares que intentan impedir que su intimidad se difunda por Internet de forma ilimitada. Una mujer recurrió para impedir que apareciera en Google una incapacidad permanente que se le había reconocido -y que además estaba recurrida-. Le han dado la razón: el buscador tiene que cancelar ese dato. Y lo mismo ha ocurrido con un abogado que pidió a una empresa responsable de un foro que eliminara el siguiente comentario: "¿Alguna persona conoce o tiene referencias sobre un abogado llamado J. L. P.? Muchas gracias". Se trata de algo aparentemente más inocuo que dar publicidad a una condena o una multa, pero la Agencia de Protección de Datos ha considerado que el letrado no tiene porqué soportarlo.

"Se trata de un tema nuevo y complicado en el que es importante examinar cada caso de forma individual para ver cuáles son los intereses y derechos en juego", indica una portavoz de la Agencia de Protección de Datos. La intimidad tiene un límite: el derecho a la información, pero tiene que tratarse de datos "de interés general por las materias a que se refieren y por las personas que en ellos intervienen", como ha señalado el Tribunal Constitucional.

¿Qué ocurre con las noticias publicadas en los periódicos -y en su versión digital-? En principio, no se pueden suprimir a petición de los afectados, pero existen algunos mecanismos de corrección. Por ejemplo, si hay algún dato erróneo, se incluye a buen tamaño dentro de la propia noticia una fe de errores. Así se hizo en este diario con una información relativa a una deuda con Hacienda de la modelo Martina Klein en la que la cantidad era equivocada (...)

Sigue en: http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Google/tendra/olvidar/pasado/elpepisoc/20080122elpepisoc_1/Tes

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